Al ver una imagen atractiva en Google que le vendría como anillo al dedo a tu blog, ¿cuántas veces te has preguntado si la podrás usar o no?

Imagen de Shutterstock - © Anastasia Kuzobenko & Hvostik
Tener una web, especialmente si realizas tu actividad desde la Unión Europea, conlleva una serie de obligaciones legales y es necesario que lleves a cabo. Tanto es así, que se han desarrollado incluso una serie de herramientas para adecuar tu web a esta legalidad.
Dentro de los diversos facetas legales de una web, la legalidad del uso de imágenes en internet es uno de los que más dudas genera y, efectivamente, da mucho de sí. Conocer algunos pilares básicos y ponerlos en práctica te dejará una sensación de mayor tranquilidad.
Si te ocupas por informarte sobre aquello que es correcto, en vez de preocuparte, no tendrás por qué quedarte pensando hasta qué punto lo has hecho bien o mal. Así borraras, de una vez por todas, a ese “Pepe Grillo” que susurra en tu oído: ¿lo tengo todo bien en mi blog?, ¿alguien me reclamará por usar su imagen sin autorización?, ¿estaré usando imágenes seguras?
A lo largo de este post transitaremos por un camino conceptual que te permitirá aclarar muchos de tus interrogantes y obtendrás más herramientas para brindar, día tras día, una imagen más profesional a tus usuarios.
La Ley que protege el uso de las imágenes
Las imágenes consideradas obras al amparo de la Propiedad Intelectual encuentran una protección jurídica general en el Real Decreto 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, regularizando, aclarando y armonizando las disposiciones legales vigentes sobre la materia (en adelante, LPI).
La LPI establece que la puesta a disposición del público por terceros de cualquier imagen, obra fotográfica o mera fotografía, divulgada periódicamente o en sitio web, estará sujeta a la autorización de su autor.
La Ley protege así a los autores por el solo hecho de la creación y les otorga derechos exclusivos sobre el uso, disposición y explotación de la obra, siempre que se respeten las limitaciones fijadas al derecho de explotación en la Ley.
La LPI establece dos supuestos donde se autoriza el uso de las imágenes sin que medie la autorización de su autor:
- Con fines docentes o de investigación: siempre y cuando se refieran a obras ya divulgadas y se establezca su inclusión a través de citas, comentarios o un juicio crítico. Se deberá indicar la fuente y el nombre del autor de la obra.
- Parodia: no se requerirá el consentimiento del autor si la transformación de la obra no crea un riesgo de confusión ni daño a la obra original.
La mencionada LPI hace una diferenciación entre obra fotográfica o de diseño, y la mera fotografía. La protección que reciben es diferente en cada caso:
- Obra fotográfica o de diseño: son las que llevan implícita la originalidad y personalidad de su creador. Estas obras están protegidas durante toda la vida de su autor y hasta 60 años después de su muerte.
- Mera fotografía: es la que resulta solo de la captura de una imagen, en un momento determinado, sin que medie intención creativa. Estas fotografías solo están protegidas durante 25 años, contados a partir del año siguiente a su realización.
Copyright vs Derecho de Autor
Existe una controversia sobre los términos copyright y derecho de autor:
- La Real Academia Española de la Lengua equipara copyright al derecho de autor. El derecho de autor se les otorga a los creadores de cualquier obra literaria, artística, musical, científica o didáctica, esté o no publicada, reconociéndosele además derechos morales y patrimoniales.
- La controversia doctrinal se debate entre los que consideran que el derecho de autor se origina a través del sistema de derecho romano francés, donde el autor ostenta derechos sobre su obra y existe una identidad entre la creación y su creador, mientras que el copyright proviene del derecho anglosajón conocido como “common law” y solo se protege la obra en sí misma, no tomándose en cuenta los derechos morales del autor con su obra.
El uso de Licencias para la protección legal de las imágenes
Antes de explicar algunos de los tipos de licencias existentes, es primordial entender qué es una licencia. Un licencia es el conjunto de normas que determinan cómo y bajo qué condiciones un autor autoriza a que su obra sea explotada.
Por tanto, dependiendo del tipo de licencia que conceda el autor, tendrá mayor o menor permisibilidad. Así el autor podrá autorizar a la copia, a la comunicación pública, a la distribución y/o a la modificación de su obra.
Actualmente son muchos los tipos de licencias que se podrían utilizar, pero las más reconocidas y usadas son: Creative Commons y Copyleft.
1. ¿Qué son las licencias Creative Commons (CC)?
Las licencias Creative Commons (CC) nacen de una organización sin ánimo de lucro, cuyo propósito es el desarrollo de modelos de licencias que permitan un mayor alcance de la cultura, utilizando las nuevas tecnologías, oprimiendo los obstáculos que presenta el copyright y protegiendo los derechos de los autores a la conservación de su obra original.
Con estas licencias el autor puede definir los usos que se le podrá dar a su obra, como por ejemplo: si permitirá la reproducción total o parcial, su modificación o su uso con fines comerciales.
Las licencias Creative Commons no solo protegen el contenido de la obra, sino que permite una gran promoción de la misma.
El uso de estas licencias es gratuito y gozan de garantías legales internacionales. El Titular de la obra siempre conservará sus derechos como autor.
¿Quieres saber cómo identificar las licencias Creative Commons?
Pues existen seis tipos de licencias CC, creadas a partir de las combinaciones de cuatro condiciones. Estas condiciones son las siguientes:
- Reconocimiento: en cualquier explotación de la obra autorizada a través de la licencia será obligatorio el reconocimiento de su autoría.
- No Comercial: la explotación de la obra estará limitada a usos no comerciales.
- Sin obras derivadas: la autorización para la explotación de la obra no incluirá su modificación para la creación de una obra derivada.
- Compartir igual: la explotación autorizada incluirá la creación de obras derivadas siempre y cuando mantengan la misma licencia en el momento de su divulgación.
Con estas condiciones se generan las seis licencias tipo de CC:
- Reconocimiento: Esta licencia les posibilita a otros distribuir, mezclar, ajustar y construir desde la obra; permite además los fines comerciales siempre y cuando sea reconocida la autoría de la creación original. De todas las licencias previstas ésta es la licencia más servicial. Se recomienda para una máxima difusión y utilización de los materiales dependientes a una licencia.
- Reconocimiento - Compartir Igual: Con esta licencia otros pueden remezclar, modificar y desarrollar sobre la obra original incluso con fines comerciales, pero siempre deben atribuir el crédito a su autor y licenciar sus obras bajo los mismos términos. Esta licencia se compara a menudo con las licencias de “copyleft” y las de software “open source”. Esto quiere decir que cualquier obra nueva basada en una original, lo será bajo la misma licencia, de modo que a las obras derivadas se les permitirá también su uso comercial.
- Reconocimiento - Sin Obra Derivada: Esta licencia permite la redistribución comercial y no comercial, siempre y cuando la obra no sufra modificaciones y se transmita en su totalidad reconociendo su autoría.
- Reconocimiento - No Comercial: Esta licencia le permite a otros entremezclar, ajustar y construir a partir de la obra original con fines no comerciales, sin embargo aunque en las nuevas creaciones deban reconocer la autoría y no puedan ser usadas de forma comercial, no tienen que estar bajo una licencia con los mismos términos.
- Reconocimiento - No Comercial - Compartir Igual. Esta licencia permite a otros entremezclar, ajustar y construir a partir de su obra con fines no comerciales, siempre y cuando le reconozcan la autoría y sus nuevas creaciones esté bajo una licencia con los mismos términos.
- Reconocimiento - No Comercial - Sin Obra Derivada: Esta es la licencia más restrictiva de las seis licencias principales; solo permite que otros puedan descargar las obras y compartirla con otros, pero siempre y cuando se reconozca la autoría de la obra, sin que se produzca ninguna modificación en la misma, ni su uso comercial.
Aquí puedes ver un resumen gráfico:

2. ¿Qué es el Copyleft?
El Copyleft es una práctica que consiste en el ejercicio del derecho de autor, posibilitando la libre distribución de copias y versiones variadas de una obra, exigiendo que los mismos derechos se preserven para las modificaciones creadas.
Se rige por normas propias de cada país, aunque se suele utilizar fundamentalmente para programas informáticos, obras de arte, o cualquier tipo de obra creativo que sea tutelado por el derecho de autor.
Surge en el campo de la programación informática con el concepto de software libre, con la idea de que cualquier usuario pueda acceder a dicho software e incluso modificarlo o desarrollar sobre el mismo libremente, así como su distribución. Todo software de tipo Copyleft es software libre pero no todo el software libre es Copyleft.
La licencia de Copyleft posibilita independizar una obra seleccionando una licencia libre para su uso, copia, modificación, redistribución y paralelamente garantizar que se mantengan las mismas libertades para otros receptores de una copia o una versión derivada. De esta manera siempre se respetará la voluntad de la obra.
El Fair use y su aplicación
El término Fair use proviene del derecho anglosajón o también conocido como "common law". Generalmente se traduce como “uso legítimo” o “uso razonable”, aunque no es un concepto definitivo y que se aplique igualmente en todos los países.

El fair use restringe los derechos de los titulares sobre sus derechos en una obra y posibilita que otros usen un fragmento sin autorización y mediando una serie de condiciones como pueden ser:
- Para fines de investigación, educativos, críticos o satíricos.
- Cuando el tamaño de fragmento usado es mínimo.
- En el caso que no se produzca un impacto económico revelador para el mercado potencial de la obra.
Las controversias en YouTube sobre el Fair use
Es muy común que se presenten denuncias a youtubers por infringir las normas de derecho de autor, cuando han subido a su canal vídeos y críticas de películas tomando como base fragmentos de películas u otros materiales.
Cuando esto ocurre la primera consecuencia inmediata es el cierre del canal del youtuber, que es considerado culpable hasta que se demuestre lo contrario. Existen muchos casos en los que estas denuncias son infundadas o falsas y no se toman medidas con sus denunciantes.
YouTube implantó sistemas automatizados, con el objetivo de agilizar la comprobación de los vídeos originales subidos por los usuarios. Pero este sistema permite que cualquier usuario pueda censurar vídeos basados en el uso razonable (Fair use).
Sin embargo, en muchas ocasiones el resultado no es el deseado, ya que se han censurado vídeos que realmente no incumplen con los derechos del autor.
Por lo tanto existen debilidades en este tipo de sistemas por la falta de interacción humana, para que los creadores puedan defender sus obras. Otra debilidad, es la falta de información sobre qué es el Fair use y su valor en la libertad de expresión.
¿Cuándo YouTube será un espacio seguro para creadores que se amparan en el Fair use? Deberá existir una solución segura para las valoraciones críticas y satíricas, además de producirse un cambio en los sistemas automatizados de comprobación de vídeos.
Consecuencias de la utilización ilegítima de una imagen
Cuando haces un uso inadecuado de imágenes, o las utilizas sin que medie ningún tipo de licencia y sin autorización de su autor, corres el riesgo de que, cuando menos te lo imagines, toquen a tu puerta y te reclamen.

Te pueden remitir una comunicación vía email o burofax exigiendo la retirada de inmediato de la imagen de tu web o blog, advirtiéndote de las consecuencias legales de incumplir con estas exigencias.
Además, si el asunto llegara a los tribunales, podría conllevar el cierre de tu página y el pago de una cantidad económica consistente en el precio que se debió pagar y una indemnización por daños y perjuicios.
Sin hablar sobre cómo afecta a tu reputación profesional un asunto de violación de los derechos de autor. En un segundo se pueden ir por tierra todas las horas, días, meses y años de dedicación a tu blog. Tus seguidores perderán la confianza en ti y tus ingresos caerán en picado. ¿Valdrá la pena? ¿Crees necesario llegar a esto?
¿No crees que sea siempre es mejor prevenir antes que tener arrepentirte de un mal paso?
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Opciones de imágenes seguras para tu blog
Veamos entonces algunas pautas para no correr riesgos innecesarios.
1. Sé el propio autor de las imágenes que usas en tu blog
Con ello, por un lado les dirás adiós a tus preocupaciones sobre el tema de la legalidad de las imágenes que usas y, por otro lado, conseguirás imprimir tu sello personal y único.
2. Utiliza imágenes con licencia Creative Commons
En el caso de que la imagen tenga una licencia de Creative Commons, asegúrate de cumplir con sus condiciones. Y describirlas en tu blog
3. Consulta los bancos de imágenes
En estos bancos de imágenes podrás encontrar, de forma clasificada y con alta calidad, la imagen que buscas.
Actualmente, los precio de los bancos de imágenes son bastante económicos. Con su compra podrás certificar que estás haciendo un uso legal de estas imágenes.
Existen en el mercado numerosos portales, aquí te nombro algunos de ellos:
Bancos de imágenes gratuitos:
- Flickr creative commons: Banco de imágenes bajo las diversas tipologías de Creative Commons.
- Pixabay: Banco de imágenes y vídeos publicados libres de derechos de autor, bajo la licencia Creative Commons CC0.
- Unsplash: Banco de imágenes publicadas libres de derechos de autor, bajo la licencia Creative Commons CC0.
Bancos de imágenes de pago:
- Fotolia: Banco de imágenes muy conocido y con gran cantidad de contenido.
- Istockphoto: Banco de imágenes donde puedes encontrar todo tipo de fotografías y vectores.
- Foter: Uno de los bancos de imágenes más originales por su edición.
- Depositphotos: Este banco de imágenes merece una mención especial debido a su gran calidad de contenido. No es una plataforma gratuita, pero sí ofrece a sus usuarios una potente y diversa librería sin necesidad de pago.
Iconos:
5 Dudas típicas sobre el uso de imágenes en Internet
Y ya para rematar, quiero cerrar este post con respuestas a algunas de las dudas más frecuentes que me plantea la gente sobre este tema.
1. ¿Puedo utilizar imágenes de Google?
En muchas ocasiones me encuentro casos donde se incluyen imágenes cogidas directamente de Google sin comprobar su naturaleza, creyendo que internet es una fuente de acceso pública.
Sin más, el otro día llevando a cabo una auditoría inicial, para ver el estado en que se encontraba el blog de un cliente, le pregunte: “¿De dónde has sacado las imágenes contenidas en tu blog?”; a lo que me respondió: “Unas son mías propias, pero la mayoría me las he descargado de Google” a lo cual le replique: “¿Crees que puedes hacer uso de esas imágenes descargadas sin el consentimiento de su autor?” y me respondió: “Creo que sí; siempre he entendido que internet es una fuente de acceso pública y por lo tanto no se requiere el consentimiento”.
Llegados a este punto aclaremos el término “fuente de acceso al público”. Según el artículo 3 de la Ley orgánica de protección de datos 15-1999, tienen la consideración de fuentes de acceso público, exclusivamente, el censo promocional, los repertorios telefónicos en los términos previstos por su normativa específica y las listas de personas pertenecientes a grupos de profesionales que contengan únicamente los datos de nombre, título, profesión, actividad, grado académico, dirección e indicación de su pertenencia al grupo. Asimismo, tienen el carácter de fuentes de acceso público, los Diarios y Boletines oficiales y los medios de comunicación.
Por lo tanto internet no es una fuente de acceso al público y se requiere el consentimiento del propietario de la imagen para su uso. Al igual que ocurre con el consentimiento expreso requerido por la nueva Ley de Protección de Datos Europea.
2. ¿Has utilizado imágenes de Google en tu blog y no sabes si debes eliminarlas?
Cuando ves una imagen en Google, aunque intentes rastrearla no sabrás quien ostenta los derechos de autor de esta imagen. Puede que quien la subió no sea el autor de esta imagen.
Ante la incertidumbre o inseguridad del camino a seguir, ve por lo seguro y busca la imagen que necesitas seguramente con mayor calidad en bancos de imágenes como: Fotolia, Istockphoto o Foter, entre otros.
3. ¿Puedes recurrir a imágenes hechas por ti para tu blog?
A las imágenes que has concebido tú les puedes dar el uso que consideres, pero debes tener cuidado con lo que incluyes en su contenido.
Por ejemplo, se pueden dar estas situaciones:
- Que en la imagen aparezca un primer plano de una persona que no eres tú. En este caso, deberás tener su consentimiento para su publicación.
- También debes tener sumo cuidado si en la imagen aparece alguna marca reconocida, alguna zona privada, la matrícula de un coche o, en definitiva, cualquier elemento que pueda identificar a la persona o sea identificable.
4. ¿Qué pasaría si utilizas las fotos de personalidades famosas sin su consentimiento para fines comerciales?
El derecho a la publicidad está reconocido en muchos países contrario al derecho a la intimidad.
El derecho a la publicidad se vincula generalmente a los famosos, que en muchas ocasiones evitan ser fotografiados para la venta de su imagen con fines comerciales, pues atenta en determinados momentos con su derecho a la intimidad. Con lo cual, ¡ojo! si fotografías a un famoso y quieres obtener de esa imagen beneficios comerciales, pues este uso sin la debida autorización puede llevar a demandas judiciales.
5. ¿Puedo usar imágenes donde aparezcan menores de edad?
Como he indicado anteriormente, a título general, no sería adecuada la utilización de imágenes donde aparezcan personas sin que anteriormente hayan manifestado su autorización.
Si lo haces, estarías violando el derecho a la imagen, un derecho protegido por la Ley de Propiedad Intelectual y que todos tenemos. Y en el caso de los menores de edad, con más ahínco aún. Para la utilización de la imagen de un menor de edad o una imagen donde aparezcan menores de edad, se requiere la autorización expresa de sus padres o tutores legales.
Algunas conclusiones
Todo creador de una obra, imagen, obra literaria, obra musical o audiovisual tiene derecho a que se reconozcan y protejan sus derechos como autor.
Si deseas usar, modificar, reproducir y divulgar una imagen u obra de otro autor, debes pedir su consentimiento.
El hecho de que prestes atención y te asegures de que las imágenes que usas en tu blog, web, ecommerce, podcast, campaña de email marketing, etc., cumplen con los requisitos legales te aportará una gran tranquilidad y te permitirá mantener tu reputación online, que tanto te ha costado obtener.





Buenas noches Kenia, tengo una duda yo hice unos vídeos para un proyecto de investigación utilizando una página web que se llama Adobe.player.com en fin utilice imágenes de Google y de pinteres y luego yo iba narrando mientas las imágenes aparecían. Alguien me habló de los derechos de autor de las imágenes y quisiera que me asesoraras al respecto.
Gracias.
Hola Paola,
Con respecto a tus preguntas las imágenes que encuentren en google o en una red social como Pintarest es una obra la cual posee su autoría y tiene sus derechos. En caso de que el autor disponga que su obra esté bajo alguna licencia Creative Commons, entonces actuarás según la permisibilidad de cada una. Así, si su autor desea la divulgación de su obra bajo, por ejemplo, la licencia “Reconocimiento” le posibilita a otros a distribuir, mezclar, ajustar y construir desde la obra, permitiendo además los fines comerciales siempre y cuando sea reconocida la autoría de la creación original. Te aconsejo que busques en banco de imágenes las fotos que necesites, en este post mencionó algunos tanto gratuitos como de pago, que te serán de utilidad. Además puedes buscar en la propia web de la Creative Commons, donde verás un acceso directo para explorar obras con licencias CC. Este es el link de la web de CC: search.creativecommons.org/ . Utilizar imágenes con licencia Creative Commons. En caso de que la imagen tenga una licencia de Creative Commons asegúrate de cumplir con sus condiciones. Debes buscar en Google posee algunos filtros en el buscador de imágenes que incluye los derechos de uso. Dentro de las opciones de búsqueda están las “Etiquetas para reutilización con modificaciones” fotos reutilizables en blogs, en redes sociales. De todas formas debes ser muy cuidadosa y asegúrate antes de usar la imagen. Google hace una nota aclaratoria consignando que: “Antes de volver a utilizar el contenido, asegúrate de que su licencia sea legítima y comprueba las condiciones de reutilización exactas. Revisa todas las imágenes que has usado si permiten el uso que le has dado. Sino te aconsejo que busques imágenes parecidas en bancos de imágenes, como te indique anteriormente.
Espero haber aclarado tu duda.
Muchas gracias
Un saludo 🙂
Hola Kenia
Quede muy preocupada leyendo tu artículo, la verdad yo tengo un blog de salud y utilizo imágenes de google y las modifico según mis necesidades, pero no sé cómo conseguir los derechos de autor y esas imágenes se ven en varios artículos de varios sitios, me las he encontrado.
Tampoco sé que sitios debo buscar para encontrar las imágenes de salud que necesito para mis artículos, me podrías ayudar
Muchísimas gracias por realizar un artículo interesante, hasta hora me topé con el tuyo y me pareció interesante leerlo.
Hola María,
Me alegra mucho que el artículo te haya resultado de interés y que te sea útil.
En respuesta a tu pregunta es muy importante que sepas que las imágenes que encuentres o google o cualquier red social, tienen sus autores y por tanto no se deben utilizar imágenes sin previa autorización.
Como opciones de imágenes seguras para utilizar en tu blog estarían:
-Que seas la propia autora de las imágenes que usas en tu blog, con ello le dirás adiós a tus preocupaciones sobre la legalidad de las imágenes que usas y conseguirás imprimir tu sello personal y único.
-Utilizar imágenes con licencia Creative Commons. En caso de que la imagen tenga una licencia de Creative Commons asegúrate de cumplir con sus condiciones. Y describirlas en tu blog.
- Puedes además consultar los bancos de imágenes, donde de forma clasificada y con alta calidad podrás encontrar la imagen que buscas. Con su compra podrás certificar que estás haciendo un uso legal de estas imágenes. Existen en el mercado numerosos portales, aquí te nombro algunos de ellos:
Bancos de imágenes gratuitos:
Flickr creative commons: Banco de imágenes bajo las diversas tipologías de Creative Commons.
Pixabay: Banco de imágenes y videos publicadas libres de derechos de autor bajo la licencia Creative Commons CC0
Unsplash: Banco de imágenes publicadas libres de derechos de autor bajo la licencia Creative Commons CC0
Bancos de imágenes de pago:
Fotolia, Istockphoto, Foter
Espero haber aclarado tus dudas.
Muchas gracias
Un saludo:)
Buen día Kenia, estoy por empezar un pequeño negocio de diseño de ropa y quiero utilizar imágenes de videojuegos populares, algunas imágenes las he obtenido de una pagina en la web donde son gratis, en el apartado de licencia indica uso personal, mi duda es, puedo utilizar estas imágenes en mis diseños de ropa.
Gracias y bendiciones.
Hola Augusto,
Con respecto a tu pregunta, si en la página donde tomas las imágenes indica que se puedan utilizar la uso personal, no la podrás utilizar para tus diseños de ropa, pues en este caso las imágenes tendrán un uso comercial.
Espero haber aclarado tus dudas.
Muchas gracias
Un saludo 🙂
Hola
¿Qué se puede hacer si hago un post sobre un personaje famoso?.
Las fotos del personaje no aparecen en los bancos de fotos.
¿De dónde puedo tomar la foto?.
Saludos y muchas gracias.
Hola Oman,
Con respecto a tu pregunta, hay que tener en cuenta que siempre que en una fotografía aparezca una persona física, se considera un dato de carácter personal. En consecuencia, se deberán respetar los principios de protección de datos que establece la legislación aplicable vigente. Principalmente, debe prestarse el consentimiento de los usuarios para el tratamiento de sus datos personales. Hay excepciones, en caso de personas de ámbito público, “famosos” donde no hace falta recabar su consentimiento.
Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, de protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen regula: “Los derechos protegidos en la ley no pueden considerarse absolutamente ilimitados. En primer lugar, los imperativos del interés público pueden hacer que por ley se autoricen expresamente determinadas entradas en el ámbito de la intimidad, que no podrán ser reputadas legítimas.” Además el artículo octavo de esta misma ley establece que: “En particular, el derecho a la propia imagen no impedirá: a) Su captación, reproducción o publicación por cualquier medio cuando se trate de personas que ejerzan un cargo público o una profesión de notoriedad o proyección pública y la imagen se capte durante un acto público o en lugares abiertos al público.”
Espero haber aclarado tu duda.
Muchas gracias.
Un saludo 🙂
Hola
He puesto mi nombre en el buscador de Google imagenes y sale en una web llamada piknu una foto mía con mi bebé que publiqué en instagram.
Esto es legal? Pueden coger mis fotos de instagram y ponerlas en su web sin mi permiso? No me preocupa mi imagen pero si la de mi hijo y quiero que la retiren, que debo hacer?.
Sólo he publicado 3 fotos con él en mis redes y ahora las borraré por si acaso y no volveré a subir más, pero quiero que la borren lo antes posible, podría denunciarlo?. Gracias
Hola Noelia,
Piknu está vinculado a Instagram y a sus publicaciones. Explora el contenido de Instagram en la web. Por eso en tu perfil salían estás fotos. Como la borraste de Instagram, escríbeles e indica que deseas la eliminación de estas imágenes donde aparece tu hijo. Aunque es posible que al haberla borrado de tus publicaciones ya no aparezcan.
Espero haber aclarado tu duda.
Muchas gracias,
Un saludo 🙂
Hola Kenia, muchas gracias por tu artículo.
Tengo dudas respecto a lo que implica usar una imagen con fines comerciales o no. Por ejemplo, estoy creando un blog sobre consejos sobre salud y medicina, mediante los cuales aparecerán artículos enriquecidos con imágenes. En su comienzo el blog no tendrá fines comerciales algunos, por lo que entiendo que puedo usar imágenes para dichos artículos que exijan tal requisito. Pero si en un futuro, el blog creciera y decidiera crear algún infoproducto para monetizar, podríamos decir que se trataría de un blog donde a parte de información médica se venden productos. En ese caso, las imágenes de mis artículos bajo licencia de CC que no permitieran fines comerciales, ¿infringirían algún problema legal si solo se encontrasen en artículos del blog, mientras que no se incluyeran en el supuesto e-book en venta? En otras palabras: si un blog vende algo, automáticamente todas las imágenes del mismo (sean de artículos accesorios o de los propios infoproductos) ¿han estar bajo licencia de no tener fines comerciales? ¿O solamente debe estar bajo dicha licencia, aquellas imágenes que se encuentren en el e-book que se vende?
Un saludo y muchas gracias por tu atención.
Hola Enrique, muchas gracias, me alegra que el artículo te haya sido de utilidad.
Con respecto a tu duda, las imágenes que utilices para el blog, debes siempre mencionar a su autor, o constar con su autorización para su utilización. La Ley de Propiedad Intelectual establece que la puesta a disposición del público por terceros de cualquier imagen, obra fotográfica o mera fotografía, divulgada periódicamente o en sitio web, estará sujeta a la autorización de su autor. La Ley protege así a los autores por el solo hecho de la creación, y les otorga derechos exclusivos sobre el uso, disposición y explotación de la obra. En las imágenes bajo licencias Creative Commons (CC) con las que su autor puede definir los usos que se le podrá dar a su obra, como por ejemplo: si permitirá la reproducción total o parcial, su modificación o su uso con fines comerciales. Las licencias CC no solo protegen el contenido de la obra, sino que permite una gran promoción de la misma. El uso de estas licencias es gratuito y gozan de garantías legales internacionales. El Titular de la obra siempre conservará sus derechos como autor. Por ejemplo puedes buscar imágenes con licencias de Reconocimiento (que es la licencia más servicial de todas), donde podrás utilizarla con fines comerciales, pero siempre reconociendo los derechos del titular de la obra original. Por lo cual te recomiendo que siempre utilices imágenes CC, y según la finalidad para la cual la usarás asegurarte que la licencia cumple con esa funcionalidad.
Espero haber aclarado tus dudas
Muchas gracias
Un saludo 🙂
Hola , buenos días , necesito consultarle para estar informado y asesorado sobre la siguiente duda que tengo :
Actualmente me encuentro haciendo un proyecto de sobre el diseño de un crucero , se trata una réplica de un barco de 1912 , yo descarge de google imágenes una imágenes de salones de la primera clase del TITANIC y también de algunos personajes famosos como " LA MONA LISA " , " CRISTOBAL COLON " " ISABEL II DEL REINO UNIDO " , " SAMUEL CUNARD " fundador de la naviera " CUNARD " y de la reina " MARIA DE TECK " abuela de Isabel II del Reino Unido , tengo esas imágenes guardadas en mi galería de imágenes para llevarlas a una copisteria , mandarlas a su correo y que me las impriman en formato papel , mi intención es utilizar esas imágenes para pegarla con pegamento en el proyecto sobre el boceto del crucero que diseñe y utilizarlas solamente como mero ejemplo de lo que sería el interior de ese " crucero " que me inventé , yo no soy ingeniero naval , este proyecto lo hago desinteresadamente sin ningún ánimo de lucro , sólo hago por soy un gran fan y un admirador de los barcos de la " CUNARD LINE "
Mi intención es darles ese proyecto sobre el boceto que diseñe en forma de obsequio como si fuese un " regalo "
Cuando busco las imágenes en google imágenes siempre dice Lo siguiente :
" LAS IMAGENES PUEDEN ESTAR SUJETAS A DERECHOS DE AUTOR " , por eso me gustaría saber si estoy haciendo bien en descargarlas y en tenerlas guardadas en mi galería de mi imágenes y sobre todo saber si puedo imprimirlas y utilizarlas para ese proyecto , muchas gracias por su valioso tiempo , no tengo Twitter, sólo el correo electrónico para si quiere ponerse en contacto conmigo , saludos
Hola Pedro,
Con respecto a tu duda, tú puedes realizar el diseño del barco, sería una obra original tuya que le podrás dar la finalidad que desees. Pero para su decoración, no puedes utilizar imagen que te encuentren en google y darlos como patrón a seguir, pues estás imágenes gozan de derechos de autor, de los creadores de estas piezas.
Por lo tanto, lo que pretendes hacer es una obra derivada de la original. Es decir que el interior del barco se haga basándote en la fotografía o imagen original, tienes que además de reconocer a su autor, tener su autorización para la transformación de su obra. Por otro lado puedes buscar estas imágenes en licencias Creative Commons y ver si su autor permite la modificación de la obra. Por ejemplo: alguna licencia de Reconocimiento-Compartir Igual, Reconocimiento -No Comercial, Reconocimiento-No Comercial-Compartir Igual. Todas ellas podrían servirte, dependiendo si deseas o no hacer un uso comercial de la misma.
Espero haber aclarado tu duda.
Muchas gracias
Un saludo 🙂
Hola, Kenya.
Tengo una duda, si usé una foto de google de fondo para promocionar una marca en una empresa (es decir la foto se ve al fondo borrosa y en ella coloqué el logo de una marca reconocida)y promocionarla en conjunto para la venta de un producto de l marca, ¿Estoy haciendo uso inadecuado o infringiendo alguna ley?. ¿esto se puede hacer con las imagenes de creative commons citando al autor en la misma imagen?. lo que quiero es que al final en esa imagen borrrosa pueda añadir el logo de una marca para asi vender el producto. gracias.
Hola Brandon,
Con respecto a tu consulta, no es recomendable utilizar una imagen de google, que puede tener finalidad comercial, sin autorización de autor, pues puedes infringir el derecho de autor.
Puedes buscar imágenes con licencias Creative Commons a las que su autor puede definir los usos que se le podrá dar a su obra, como por ejemplo: si permitirá la reproducción total o parcial, su modificación o su uso con fines comerciales. El Titular de la obra siempre conservará sus derechos como autor. Por ejemplo puedes buscar imágenes con licencias de Reconocimiento (que es la licencia más servicial de todas), donde podrás modificar la obra, utilizarla con fines comerciales, pero siempre reconociendo los derechos del titular de la obra original.
Una buena opción sería buscar imágenes con licencias que la puedes encontrar en la web de CC en el siguiente link: search.creativecommons.org/
Espero haber aclarado tu duda.
Muchas gracias
Un saludo 🙂
Hola,
Gracias por un articulo tan bien detallado. Me gustaría saber si puedes responderme a esto: en el caso de querer hacer un blog sobre videojuegos o películas, es posible colocar imágenes de esa pelicula o videojuego si las hiciste tu mismo cuandi estabas viendola o jugandolo? O, debería limitarse uno a las que proporcione la empresa en su web como imagenes de prensa?
Saludos y gracias
Hola Mariano,
Lo que pretendes hacer imagino, que sea un blog desde donde críticas o haces comentarios sobre las películas y vídeo juegos. Por lo cual podrías hacer estás imágenes bajo el fair use que restringe los derechos de los titulares sobre sus derechos en una obra, por lo cual posibilita que otros usen un fragmento sin autorización y mediando una serie de condiciones como pueden ser: para fines de investigación, educativos, críticos o satíricos, cuando el tamaño de fragmento usado es mínimo y en el caso que no se produzca un impacto económico revelador para el mercado potencial de la obra.
Espero haber aclarado tu duda.
Muchas gracias
Un saludo 🙂
Saludos.
Gracias por tu artículo, mi duda es parecida. Quiero hacer una tienda online de videojuegos. Y en un menú de imágenes quisiera usar las imágenes de cada marca, Nintendo, SONY PlayStation, XBOX... ¿Violo los derechos de autor de esas marcas para vender los productos? Gracias de antemano.
Hola Eduardo,
Es de satisfacción para mí que el artículo te haya resultado de utilidad.
Con respecto a tu pregunta si vas a vender videosjuegos de diferentes marcas, considero que es aconsejable que las contactes, pues deben tener estipulado, licencias de comercialización de sus productos. De esta forma te asegurarías de no incumplir con los derechos de autor, ni violar la utilización de sus marcas.
Espero haber aclarado tu duda.
Muchas gracias
Un saludo 🙂
Hola, me gustaría saber si tengo que pedir permiso al autor si hago una versión dibujada de una foto para vender en mi tienda online. Sería como un grafismo sacada de un foto. Muchas gracias.
Hola Beatriz,
Para hacer lo que deseas, necesitas la autorización de sus autores, ya que creas una imagen derivada de la original y además la utilizarás con fines comerciales en tu tienda online.
Existen imágenes bajo licencias Creative Commons (CC) con las que su autor puede definir los usos que se le podrá dar a su obra, como por ejemplo: si permitirá la reproducción total o parcial, su modificación o su uso con fines comerciales. Las licencias CC no solo protegen el contenido de la obra, sino que permite una gran promoción de la misma. El uso de estas licencias es gratuito y gozan de garantías legales internacionales. El Titular de la obra siempre conservará sus derechos como autor. Por ejemplo puedes buscar imágenes con licencias de Reconocimiento (que es la licencia más servicial de todas), donde podrás modificar la obra, pero siempre reconociendo los derechos del titular de la obra original. En el post hablo de todas la imágenes con CC que existen.
Una buena opción sería buscar imágenes con licencias que la puedes encontrar en la web de CC en el siguiente link: search.creativecommons.org/
Espero haber aclarado tu duda.
Muchas gracias
Un saludo 🙂
Muchas gracias por la info. He estado buscando banco de imágenes sin derechos de autor. Si utilizo este tipo de fotos todo irá bien..no? Gracias.
Hola Beatriz,
En el caso de banco de imágenes sin derecho de autor, estaría bien. No obstante te aconsejo que leas en los términos de uso del mencionado banco, si se puede de una imagen derivada, hacer un uso comercial, o si permiten el uso comercial de las mismas.
Muchas gracias
Un saludo:)
Claro..muchas gracias por la información..me ha sido de gran ayuda.
Hola Kenia! Con respecto a esta pregunta de Beatriz quisiera saber, cómo puedo rastrear al autor de una fotografía?
Tengo algunas pinturas ya hechas a partir de fotos que encuentro en internet y quisiera publicar mis pinturas por ejemplo en Instagram o en un blog y puedo colocar el nombre del autor de la foto original, pero algunas veces no estoy segura de quién sea.
Gracias de antemano por tu respuesta!
Saludos
Hola María Alejandra,
Con respecto a tu pregunta, la Ley de Propiedad Intelectual establece que la puesta a disposición del público por terceros de cualquier imagen, obra fotográfica o mera fotografía, divulgada periódicamente o en sitio web, estará sujeta a la autorización de su autor. La Ley protege así a los autores por el solo hecho de la creación, y les otorga derechos exclusivos sobre el uso, disposición y explotación de la obra. Por lo tanto para modificar una imagen, necesitas primero la autorización de su autor.
Google posee algunos filtros en el buscador de imágenes que incluye los derechos de uso. Dentro de las opciones de búsqueda están las “Etiquetas para reutilización con modificaciones” fotos reutilizables en blogs, en redes sociales. De todas formas debes ser muy cuidadosa y asegúrate antes de usar la imagen. Google hace una nota aclaratoria consignando que: “Antes de volver a utilizar el contenido, asegúrate de que su licencia sea legítima y comprueba las condiciones de reutilización exactas. Por ejemplo, puede que la licencia exija que otorgues reconocimiento al creador de la imagen cuando la utilices. Google no puede saber si la etiqueta de licencia es legítima, así que tampoco tenemos conocimiento de si la licencia del contenido lo es.” Tienes otras opciones como buscar imágenes con licencias creative commons.
Existen licencias que permiten la modificación posibilitando la creación de una nueva obra a partir de la imagen original, comentadas en este post, las cuales son:
Reconocimiento, Reconocimiento-Compartir Igual, Reconocimiento -No Comercial, Reconocimiento-No Comercial-Compartir Igual.
Siempre reconociendo los derechos del titular de la obra original y las condiciones que exige cada uno de las licencias.
Puedes encontrar imágenes con licencias en la web de CC en el siguiente link: search.creativecommons.org/
Espero haber aclarado tu duda.
Muchas gracias,
Un saludo 🙂
Muchas gracias Kenia!! Es de gran ayuda tu respuesta.
Saludos!
Hola: estoy comenzando un emprendimiento de fundas de celulares personalizados. Los modelos que publico en la página web tendrán mucho respeto por los derechos de autor, pero recibiré diseños que me envían los clientes y los imprimiré a su gusto. La pregunta es si puedo publicar fotos de trabajos realizados en redes sociales aunque tengan impresas imágenes de disney, marvel o clubes de fútbol. No será recomendada por mi, sino trabajos ya realizados con imágenes que me envió el cliente. Muchas gracias por asesorarme.
Hola Omar,
En este sentido, debes ser muy cuidadoso. Porque tú puedes hacer las fundas personalizas a tus clientes, con las imágenes que te indiquen. Pero no sabes si estás imágenes, están cumpliendo los derechos de autor. Por eso te sugiero, que para promocionar tus trabajos, lo hagas con imágenes que tú hayas escogido y cerciorado que proceden de bancos de imágenes con licencias Cretive Commons y que su utilización está autorizada para esos fines.
Espero haber aclarado tus dudas.
Muchas gracias,
Un saludo 🙂
Hola, Kenia.
Estoy escribiendo una novela en la que he incluido algunas frases en inglés, alemán, ruso y polaco para unos determinados personajes sirviéndome del traductor de Google. ¿Es necesario o idóneo citar el traductor de Google en los créditos del libro? Más que nada por si alguien pregunta si sé idiomas y cosas así...
Gracias anticipadas por tu respuesta.
Hola Kiriel,
Con respecto a tu consulta, en las referencias bibliográficas siempre que aparecen textos en otro idioma se deben referenciar la fuente de traducción y año de traducción. Te aconsejo para más seriedad de tu obra que contrates un traductor jurado, tendrá mayor fiabilidad el resultado.
Espero haber aclarado tu duda.
Muchas gracias
Un saludo 🙂
Hola Kenia,
En primer lugar quería dar las gracias por el trabajo de divulgación realizado.
Por otro lado quería saber si es posible comprar en un banco de imágenes fotografías de vehículos de distintas marcas, gamas, antigüedad, etc y poder utilizarlas para su posterior distribución y publicación. Sería algo similar a un álbum de cromos.
En el caso que esto no sea posible, ¿habría que disponer de la autorización de cada marca de vehículos?
Si en lugar de coches, hablamos de jugadores de fútbol o de la NBA, que forman parte de una competición, ¿sería el mismo caso?
Muchas gracias.
Un saludo,
Antonio.
Hola Antonio,
Muchas gracias por tus palabras, me alegra que te haya gustado el artículo y sobre todo que te sea de utilidad.
Con respecto a pregunta en los bancos de imágenes tanto gratuitos como de pago podrás encontrar las imágenes que busques. Debes ser cuidadoso y leer los términos de uso del banco de imagen que definen los usos y restricciones a la imagen, según la licencia adquirida. Por otro lado si utilizas imágenes con licencias Creative Commons, podrás darle el uso que su autor decidió que puede llegar desde la modificación, su uso con fines comerciales, siempre reconociendo su autoría. En qué caso de que aparezcan jugadores de futbol o del equipo de la NBA, deberás contar su autorización, pues debes ser cuidadoso para no violar sus derechos de imagen.
Espero haber aclarado tus dudas.
Muchas gracias.
Un saludo 🙂
¿ Se puede utilizar la foto de un famoso como foto de perfil de una cuenta de twitter o Facebook? No para fines comerciales, sino en modo parodia (aunque después vayas a interactuar y a hacer todo tipo de comentarios con ese perfil). Mil gracias
Hola Bea,
Con respecto a tu pregunta no puedes utilizar la foto de ningún famoso o persona y menos para crear un perfil en una red social donde pueden haber comentarios de todo tipo, sin su autorización. Necesitas la autorización del autor de la obra, pues sino vulnerarías el derecho de autor. Además del consentimiento del famoso pues de otra forma violarías sus derechos de imagen.
Espero haber aclarado tu duda.
Muchas gracias
Un saludo 🙂
Apreciada Kenia. En nuestra ONG, que se dedica a la formación en oftalmología pediátrica en África, estamos desarrollando un Diploma universitario conjuntamente con la universidad de Dakar. Utilizamos muchísimas fotografías y dibujos que en general obtenemos de Internet. Veo en tu exposición que si el objetivo es la formación no debemos preocuparnos por los derechos de autor. Este es un tema que nos preocupa mucho y te agradecería que me confirmases este extremo. Muchísimas gracias por tu atención y felicidades por tu excelente artículo
Hola Ernest,
Muchas gracias por tus palabras, es de gran satisfacción para mi saber que el artículo te ha resultado de utilidad.
Con respecto a tu pregunta la Ley protege así a los autores por el solo hecho de la creación, y les otorga derechos exclusivos sobre el uso, disposición y explotación de la obra, siempre que se respeten las limitaciones fijadas al derecho de explotación en la Ley.
La Ley de Propiedad intelectual establece entre los supuestos donde se autoriza el uso de las imágenes sin que medie la autorización de su autor:
Con fines docentes o de investigación: siempre y cuando se refieran a obras ya divulgadas y se establezca su inclusión a través de citas, comentarios o un juicio crítico. Se deberá indicar la fuente y el nombre del autor de la obra. Por lo tanto las imágenes que utilicen para la formación deben indicar al autor. Si desconocen su autoría, les recomiendo que cambien y busquen la misma tipología de imágenes con licencias Creative Commons. El uso de estas licencias es gratuito y gozan de garantías legales internacionales. El Titular de la obra siempre conservará sus derechos como autor. Por ejemplo puedes buscar imágenes con licencias de Reconocimiento (que es la licencia más servicial de todas), donde podrás modificar la obra, pero siempre reconociendo los derechos del titular de la obra original.
Espero haber aclarado tu duda.
Muchas gracias
Un saludo 🙂
Hola. Trabajo diseñando moda a medidas. Normalmente para dar a conocer mi trabajo realizo fotos de los vestidos sobre busto (maniquí). Podría publicarlas libemente ya que es un trabajo realizado por mí y no muestro ninguna imagen personal o necesito autorización del cliente.
Hola María José,
Respondiendo a tu pregunta, no creo que tengas problemas al publicar fotos realizadas por ti de creaciones tuyas, sin que medie una imagen personal. El único impedimento que podría haber que es que te contraten un diseño exclusivo y lo difundas sin autorización del cliente.
Espero haber aclarado tus dudas.
Muchas gracias
Un saludo 🙂
Hola Kenia, tengo una duda, me gustaría hacer un canal de Youtube de actualidad, ¿se puede utilizar en los vídeos fotos subidas por famosos a su propia red social? Saludos.
Hola Javi,
Con respecto a tu duda si ves una imagen o un vídeo en una red social subida por su autor y la compartes tú también, perfecto. Pero si eres tú la que subes es vídeo o foto a tu canal de YouTube u otra red social y no eres su creador, entonces necesitarás su autorización.
En las Condiciones de uso de Youtube cuando se refiere a contenido plantea que : “Ud. se obliga a que el Contenido que Ud. proporcional al Servicio no contendrá material sujeto a derechos de propiedad intelectual de terceros o material sujeto a otros derechos de propiedad industrial de terceros(incluyendo derechos de exclusividad o publicidad), salvo que el titular legal de dichos derechos le haya otorgado una licencia o autorización formal, o está legalmente autorizado de cualquier otra formato”.
Espero haber aclarado tu duda.
Muchas gracias
Un saludo 🙂
Hola Kenia,
Sobre esta explicación que das de que "si ves una imagen o un vídeo en una red social subida por su autor y la compartes tú también, perfecto", ¿sería también válido si el vídeo de YouTube se fuera a utilizar en una página de empresa para fines comerciales y fuéramos la competencia de esa empresa? No con el fin de dejar en mal lugar a nadie si no mostrándolo como parte de nuestro currículum por haber trabajado antes en esa empresa.
Por supuesto, el vídeo estaría colgado en YouTube por su autor y solo sería incrustrado o "embebido" en nuestra página, no sería descargado y subido al sitio.
Muchas gracias y enhorabuena por tu página, es excelente.
Buenas,estoy tratando de escribir un libro para publicarlo en internet pero quiero usar imagenes,como de personas y otras de dibujo, ¿como puedo contactar al autor?o si no lo contacto ¿si cambio el color de la imagen o le agrego algo sigue siendo ilegal si no cuento con el consentimiento de autor?.
Espero su respuesta pacientemente sin mas aqui me despido
Hola Joshua,
Con respecto a tu duda para utilizar imágenes de google o Internet, necesitas la autorización de su autor.
La Ley de Propiedad Intelectual establece que la puesta a disposición del público por terceros de cualquier imagen, obra fotográfica o mera fotografía, divulgada periódicamente o en sitio web, estará sujeta a la autorización de su autor. La Ley protege así a los autores por el solo hecho de la creación, y les otorga derechos exclusivos sobre el uso, disposición y explotación de la obra. Por lo tanto para modificar una imagen, necesitas primero la autorización de su autor.
Existen imágenes bajo licencias Creative Commons (CC) con las que su autor puede definir los usos que se le podrá dar a su obra, como por ejemplo: si permitirá la reproducción total o parcial, su modificación o su uso con fines comerciales. Las licencias CC no solo protegen el contenido de la obra, sino que permite una gran promoción de la misma. El uso de estas licencias es gratuito y gozan de garantías legales internacionales. El Titular de la obra siempre conservará sus derechos como autor. Por ejemplo puedes buscar imágenes con licencias de Reconocimiento (que es la licencia más servicial de todas), donde podrás modificar la obra, pero siempre reconociendo los derechos del titular de la obra original.
Una buena opción sería buscar imágenes con licencias que la puedes encontrar en la web de CC en el siguiente link: search.creativecommons.org/
Espero haber aclarado tu duda.
Muchas gracias
Un saludo 🙂
Hola muy buenas
Quería preguntarle, a la hora de usar unas imágenes particulares de Youtube para un videoclip, si se usan sólo 2 segundos o menos, habría que pedir permisos al autor también ?
Muchísimas gracias de antemano
Hola Carlos,
Sobre tu pregunta el uso de estas imágenes para un videoclip, podría entrar en lo que se conoce como Fair Use. El Fair Use restringe los derechos de los titulares sobre sus derechos en una obra, por lo cual posibilita que otros usen un fragmento sin autorización y mediando una serie de condiciones como pueden ser: para fines de investigación, educativos, críticos o satíricos, cuando el tamaño de fragmento usado es mínimo y en el caso que no se produzca un impacto económico revelador para el mercado potencial de la obra.
Espero haber aclarado tu duda.
Muchas gracias.
Un saludo 🙂
Buenas Kenia! Estoy escribiendo un libro de cuentos y en uno de ellos, me gustaría que apareciesen cuadros famosos de pintores. ¿Sería posible? Es didáctico y de entretenimiento y por supuesto iría el nombre del autor. ¿Puedo hacerlo libremente o tendría que solicitarlo? Y en caso de la segunda opción, cómo tendría que hacerlo. Un saludo y gracias de antemano
Hola Isabel, primeramente es importante que sepas que el Real Decreto 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, regularizando, aclarando y armonizando las disposiciones legales vigentes sobre la materia (LPI). La LPI establece que la puesta a disposición del público por terceros de cualquier imagen, obra fotográfica o mera fotografía, divulgada periódicamente o en sitio web, estará sujeta a la autorización de su autor. La Ley protege así a los autores por el solo hecho de la creación, y les otorga derechos exclusivos sobre el uso, disposición y explotación de la obra, siempre que se respeten las limitaciones fijadas al derecho de explotación en la Ley.
Existen dos supuestos donde se autoriza el uso de las imágenes sin que medie la autorización de su autor:
• Con fines docentes o de investigación: siempre y cuando se refieran a obras ya divulgadas y se establezca su inclusión a través de citas, comentarios o un juicio crítico. Se deberá indicar la fuente y el nombre del autor de la obra.
• Parodia: no se requerirá el consentimiento del autor si la transformación de la obra no crea un riesgo de confusión ni daño a la obra original.
En tu caso como las pinturas se difundirán en tu libro, que seguramente explorarás comercialmente, te sugiero que de las pinturas seleccionadas, busques quien ostenta sus derechos de autor, que puede ser su autor, o familiares o alguna fundación y solicites su autorización para su uso. Otra variante es que busques imágenes con licencias Creative Commons (CC) que uso de estas licencias es gratuito y gozan de garantías legales internacionales, además según el tipo de licencias, podrás modificar, la obra, y utilizarla comercialmente, siempre reconociendo a su autor.
Espero haber aclarado tu duda.
Muchas gracias
Saludos 🙂
Hola... voy a reproducir una herramienta tipo juego creado por mí, para el uso de psicólogos en sus consultas, pero cuando cree esta herramienta tome imágenes de internet para crear las tarjetas del juego... como debo reconocer al autor de?
Hola Lorena
Aunque muchos lo hagan es un error pensar que puedes utilizar imágenes directamente cogidas de Internet sin comprobar su naturaleza, se requiere el consentimiento del propietario de la imagen para su uso. La Ley de Propiedad Intelectual establece que la puesta a disposición del público por terceros de cualquier imagen, obra fotográfica o mera fotografía, divulgada periódicamente o en sitio web, estará sujeta a la autorización de su autor. La Ley protege así a los autores por el solo hecho de la creación, y les otorga derechos exclusivos sobre el uso, disposición y explotación de la obra. Por lo tanto antes de comenzar a reproducir y distribuir tu herramienta, te recomiendo que solicites la autorización de sus autores.
Otra opción es que sustituyas esas imágenes y busques imágenes bajo licencias Creative Commons (CC) con las que su autor puede definir los usos que se le podrá dar a su obra. Las licencias CC no solo protegen el contenido de la obra, sino que permite una gran promoción de la misma. El uso de estas licencias es gratuito y gozan de garantías legales internacionales. El Titular de la obra siempre conservará sus derechos como autor. Por ejemplo puedes buscar imágenes con licencias de Reconocimiento (que es la licencia más servicial de todas), donde podrás modificar la obra, pero siempre reconociendo los derechos del titular de la obra original.
La puedes encontrar en la web de CC en el siguiente link: search.creativecommons.org/
Espero haber aclarado tu duda.
Muchas gracias
Un saludo 🙂